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Viernes, 9 de octubre de 2026
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Casas particulares: nueva escala salarial del 1,7% en octubre y suma fija que se incorpora al básico

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares actualizó los haberes mínimos del personal de hogares con un incremento del 1,7% respecto de septiembre. La liquidación exige revisar categoría, modalidad, antigüedad, zona geográfica y horas extras, en un escenario en el que la mitad de una asignación no remunerativa abonada en agosto pasa a integrar el sueldo base.

Por Darío AlmirónEconomía y comercio · · hace 2 h
Casas particulares: nueva escala salarial del 1,7% en octubre y suma fija que se incorpora al básico

Las empleadas y empleados de casas particulares iniciaron octubre con una nueva escala de haberes mínimos, tras la actualización del 1,7% dispuesta por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares mediante la Resolución 6/2026. El incremento, que aplica tanto a las retribuciones por hora como a los sueldos mensuales, se inscribe en un calendario de ajustes progresivos que contempla 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre, según el detalle difundido por las fuentes oficiales.

Para dimensionar el movimiento, vale la pena comparar con el mismo período del año anterior: durante octubre de 2024 las actualizaciones salariales del sector se ubicaron en niveles sensiblemente inferiores a los registrados en esta nueva etapa, lo que refleja una recomposición paulatina de los ingresos del personal de hogares frente al contexto inflacionario. De acuerdo con la mecánica vigente, los porcentajes se aplican sobre las escalas previas, de modo que el porcentaje aquí indicado debe leerse sobre la base ya ajustada del mes inmediatamente anterior y no sobre los valores de arrastre, un detalle que suele generar confusión entre las partes al momento de rubricar la liquidación.

Vamos a los números: la suma no remunerativa que se incorpora

El otro movimiento relevante para la liquidación de octubre es la incorporación parcial de una suma no remunerativa abonada en agosto. Aquel adicional, según el detalle publicado, osciló entre $8.000 y $20.000 dependiendo de la cantidad de horas trabajadas semanalmente, y ahora la mitad de ese monto pasa a integrar el salario básico. El resto se completará en noviembre, configurando un esquema de absorción gradual que impacta directamente en el cálculo de aportes y contribuciones.

Los componentes que determinan el recibo

  • Categoría y modalidad: el monto final varía según la tarea desempeñada y si la contratación es con retiro o sin retiro del domicilio del empleador.
  • Antigüedad: corresponde adicionar el 1% del salario por cada año de servicio prestado para el mismo empleador, considerando exclusivamente los años de esa relación laboral.
  • Zona desfavorable: en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido bonaerense de Patagones, el salario se incrementa 31%.
  • Horas extras habituales: el recargo es del 50% sobre el valor de la hora común.
  • Horas extras en sábados después de las 13, domingos y feriados: el recargo se eleva al 100%.

Antes de emitir el recibo resulta imprescindible revisar la tarea efectivamente realizada y la jornada pactada, ya que cualquier discordancia entre lo declarado y lo efectivamente cumplido suele ser la principal fuente de discrepancias entre las partes. La determinación de la categoría, en particular, exige un análisis minucioso de las funciones desempeñadas, dado que las escalas difieren sustancialmente entre, por ejemplo, una trabajadora dedicada a tareas generales sin retiro y otra con retiro que cumple funciones específicas de supervisión o cuidado, una distinción que no siempre resulta evidente a simple vista.

La variable a observar en noviembre

De cara al cierre del calendario de ajustes previstos, la variable que habrá que seguir con atención durante noviembre es el grado de avance en la absorción de la suma no remunerativa, ya que la segunda mitad del adicional de agosto quedará definitivamente integrada al básico, lo que elevará la base sobre la cual se calculan los aportes patronales, los aguinaldos y, eventualmente, las indemnizaciones por despido. Ese cambio de base, junto con la aplicación de la suba del 1,6% prevista para el penúltimo mes del año, redefinirá los montos mínimos del sector en un escenario en el que la categoría, la modalidad y la antigüedad mantendrán su peso relativo en la liquidación final.

DA
Darío AlmirónEconomía y comercio

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