Saltar al contenido
Miércoles, 14 de octubre de 2026
Actualidad y noticias, al instante
Portada › Vida ›
Vida /

La prueba que la Cooperativa no pudo dar: el caso del embalador que terminó ganando en la Justicia neuquina

Cuatro años después de su lesión en el hombro, la Cámara de Apelaciones confirmó que a la empresa le faltó una obligación básica: demostrar que no tenía un lugar para reubicar a un operario con más de una década de trabajo.

Por Rocío AyalaSociedad y vida en la ciudad · · hace 1 h
La prueba que la Cooperativa no pudo dar: el caso del embalador que terminó ganando en la Justicia neuquina

Arrancamos la nota en la costanera, donde el Paco me cuenta cada mañana cómo viene la semana mientras toma su mate compartido. El tema de hoy le tocó de cerca: un compañero de su viejo barrio en Neuquén, el Alto Comedero patagónico, se pasó cuatro años peleando contra una cooperativa de empaque de fruta. Le lesionaron el hombro, le dieron el alta con restricciones y la empresa le dijo que no tenía puesto. La Justicia acaba de fallar: no alcanza con decirlo, hay que probarlo.

Una década levantando cajas y un telegrama que cambió todo

El hombre entró en enero de 2011 a la cooperativa como embalador de primera categoría. Su trabajo era armar y cargar cajas con fruta, una de las tareas más pesadas del galpón. En todo ese tiempo jamás acumuló una sanción. Le cuento el panorama como corresponde: en agosto de 2021 se lesionó el hombro derecho mientras cumplía sus funciones. La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses y en abril de 2022 le extendió el alta con una condición clara, que solo podía reincorporarse a tareas compatibles con su lesión. Levantar peras o manzanas ya no era opción.

Ahí nomás, el operario mandó un telegrama pidiendo volver al trabajo. La cooperativa respondió por carta documento y reconoció la restricción médica, pero sostuvo que no había en el galpón un puesto que se ajustara a ella. El trabajador volvió a escribir, esta vez detallando los sectores donde podía desempeñarse. La respuesta fue la misma: no hay lugar. Ante esa pared, se consideró despedido en forma indirecta, la figura legal que habilita al empleado a cortar el vínculo cuando entiende que la patronal no le dejó otra salida.

Los testigos que la cooperativa no pudo desmentir

En el juicio declararon seis compañeros. Describieron tareas livianas concretas que se realizaban en el galpón y que estaban al alcance del operario lesionado:

  • El sellado de etiquetas.
  • El fichado de cajas con engrudo.
  • El colgado de cajas en el sector conocido como "el aéreo".

Varios de ellos coincidieron en que, cada vez que alguien se lastimaba o quedaba impedido de cargar peso, la empresa lo reubicaba en esas funciones. Uno incluso mencionó que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a sectores similares en situaciones parecidas. Testimonios que pesaron en el fallo.

El fallo y el principio que dejó sentado

El juez Luis Trani, a cargo del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, calificó esos testimonios como "coherentes, ordenados y concordantes", y concluyó que la cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar al trabajador y optó deliberadamente por no hacerlo. Lo subrayado por el magistrado es la columna del caso: cuando una empresa alega que no tiene puesto disponible para una persona con limitaciones de salud, la carga de la prueba recae sobre ella. La cooperativa no la cumplió.

La condena quedó fijada en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, muy por debajo de los más de cuatro millones que había pedido la parte actora. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución en lo esencial, dando por tierra el argumento del "no hay lugar" que la cooperativa sostuvo durante todos estos años.

Me voy a mi casa con la certeza de que en el barrio todavía se comenta el caso mientras se toman los mates en la plaza del Alto Comedero. Por eso me permito el cierre de siempre: al municipio de Neuquén le pido que tome nota de un principio sencillo. Cuando un vecino queda con una lesión laboral y la empresa le cierra la puerta con un "no tenemos puesto", la carga de la prueba no puede recaer en el operario. Son las patronales las que tienen que mostrar, con papeles y testigos, que no había alternativa. Eso, al menos hoy, lo dejó escrito la Justicia neuquina.

“Cuando la empresa alega que no tiene puesto disponible para un trabajador con limitaciones de salud, es ella quien debe probarlo. La cooperativa no lo hizo.”Juez Luis Trani, Juzgado Laboral N°3 de Neuquén
RA
Rocío AyalaSociedad y vida en la ciudad

Te puede interesar