Sábado, 26 de septiembre de 2026
Actualidad y noticias, al instante
Policiales /

El Superior Tribunal de Tierra del Fuego ordenó la libertad de Abregú al declarar prescripta la causa por el femicidio de Eva Falcón

Por mayoría, los jueces consideraron que la evasión del condenado en 2001 dejó de ser un delito y que no quedaron actos que interrumpieran el plazo de la acción penal. El represor había sido condenado a 20 años y permaneció prófugo durante más de dos décadas.

Por Mariana SoteloPoliciales y judiciales · 26 de septiembre de 2026 · hace 2 h

El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego resolvió, por mayoría, sobreseer y ordenar la inmediata libertad de Ramón Ángel Abregú en la causa donde había sido condenado por el homicidio de su expareja Eva Azulina Falcón, ocurrido el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande. La víctima estaba embarazada. La audiencia estuvo presidida por la jueza María del Carmen Battaini, junto a sus pares Javier Muchnik, Sergio Diéguez y Ernesto Löffler.

La cronología del expediente

  • 23 de enero de 2000: Abregú atacó a Falcón en el Cemep de Río Grande y fue detenido en el lugar.
  • Septiembre de 2000: el Tribunal de Juicio de Río Grande lo condenó a 20 años de prisión por homicidio.
  • 15 de febrero de 2001: se fugó de la unidad penitenciaria donde cumplía la condena.
  • 2023: se presentó ante la Justicia para solicitar la declaración de prescripción de la acción penal.

La causa tiene su origen en el femicidio de Falcón y se reactivó el año pasado cuando el condenado decidió comparecer después de 22 años prófugo. El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande había rechazado el pedido de prescripción, al considerar que la evasión configuraba un nuevo delito que mantenía interrumpido el cómputo. Esa postura fue convalidada por el fiscal mayor Martín Bramatti y por los jueces Eduardo López y Juan José Varela.

La situación cambió cuando la causa por la fuga terminó con un sobreseimiento. Para Battaini, Muchnik y Diéguez, esa resolución eliminó la causal que podía suspender el plazo de la prescripción vinculada con la comisión de otro delito. La mayoría también invocó como referencia el precedente Ilarraz de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que vincula los plazos de la acción penal con las garantías constitucionales.

Löffler votó en disidencia. Su argumento central fue que admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones internacionales de protección y sanción de la violencia contra las mujeres. En su visión, la gravedad del hecho y los compromisos del Estado en materia de derechos humanos impedían dar por extinguida la persecución penal.

Con tres votos contra uno, el Superior Tribunal declaró extinguida la acción penal, sobreseyó a Abregú y ordenó su libertad inmediata. La defensa logró así revertir la condena a 20 años dictada en 2000, luego de que el propio condenado decidiera presentarse a la Justicia dos décadas después de su fuga. La próxima fecha judicial aún no fue fijada, dado que el expediente queda a la espera de que la resolución quede firme y se evalúe el camino procesal de la disidencia.

MS
Mariana SoteloPoliciales y judiciales

Te puede interesar