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Martes, 27 de octubre de 2026
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Las empresas deberán formar una reserva mensual para afrontar despidos

El Fondo de Asistencia Laboral establece aportes del 1% de la masa salarial para grandes empresas y del 2,5% para pymes. Los recursos estarán separados del patrimonio de cada compañía.

Por Darío AlmirónEconomía y comercio · · hace 1 h
Las empresas deberán formar una reserva mensual para afrontar despidos

Por Darío Almirón, Economía y comercio.

El Fondo de Asistencia Laboral establece que las grandes empresas deberán reservar cada mes el equivalente al 1% de su masa salarial, mientras que para las pymes el aporte será del 2,5%. Damián Koltan, director comercial de BIND Inversiones, una de las administradoras habilitadas, explicó que el mecanismo busca dar previsibilidad financiera frente a futuras desvinculaciones.

El régimen modifica la forma en que los empleadores afrontan sus obligaciones ante un despido. Hasta ahora, el pago de las indemnizaciones dependía de los recursos disponibles en la caja de la empresa al momento del egreso; con el fondo, las compañías deberán constituir una reserva de manera mensual.

Cómo se administran los recursos

La empresa abre una cuenta a su nombre, pero no puede disponer libremente del dinero acumulado ni destinarlo a otra finalidad. Los recursos quedan separados del patrimonio de la compañía y, cuando se produce una desvinculación, el trabajador recibe el pago en una cuenta bancaria a su nombre.

Para los empleados, el mecanismo supone que una parte de la compensación que les correspondería ante un despido quede resguardada con anticipación. De ese modo, se reduce el riesgo de que el pago dependa por completo de la liquidez que tenga la empresa en el momento de la desvinculación.

Koltan sostuvo que el esquema permite ordenar financieramente las contingencias por despidos sin generar un costo adicional. También reconoció que todavía hay desconocimiento sobre su funcionamiento y señaló que su entidad está reforzando la capacitación de sus clientes para que puedan utilizarlo desde el inicio.

Las empresas deberán elegir una administradora habilitada dentro del plazo previsto. Si no lo hacen, el organismo regulador les asignará una de oficio. La elección de la administradora y el conocimiento de las compañías sobre la operatoria serán, por lo tanto, aspectos relevantes para seguir la puesta en marcha del régimen.

DA
Darío AlmirónEconomía y comercio

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