Paritaria de concesionarias: montos fijos por categoría hasta diciembre y revisión en enero
SMATA y ACARA firmaron un acuerdo para el último trimestre del año en el sector de concesionarias de autos, con aumentos nominales diferenciados y un plus en diciembre.
Según el acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA, los trabajadores de concesionarias de autos cuentan desde el 1° de octubre con nuevas escalas salariales. La paritaria cubre el período octubre-diciembre en el marco del convenio colectivo de trabajo 99/23 y establece montos nominales distintos según la categoría, sin aplicar un porcentaje uniforme a todos los escalafones.
Escalas de octubre a diciembre
Para octubre y noviembre, los valores de partida son de $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos que se ubican en una misma franja, mientras que la siguiente franja sube a $1.099.915,89. En diciembre se agrega un incremento complementario que se calcula sobre esos valores base. Además de los sueldos, el personal de ventas mantiene una comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos.
Beneficios que se actualizan
- Antigüedad: escala que va del 3 por ciento a los dos años de servicio hasta el 39 por ciento a los 26 años.
- Idioma extranjero: suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio.
- Título habilitante: suplemento del 10 por ciento sobre el básico.
- Zona desfavorable: plus del 20 por ciento para tareas en la Patagonia, que incluye Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur.
- Transporte: compensación por transporte público o propio.
- Vacaciones: asignación equivalente a 130 horas anuales.
- Fallecimiento de familiares directos: subsidio calculado sobre la categoría máxima del escalafón.
El convenio también fija que las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos.
Vigencia y homologación
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.
En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. La variable que concentra la atención en ese momento es, entonces, la evolución de los precios del trimestre frente a los montos fijados ahora.
